Designación de una o varias personas para que representen al otorgante, y en su nombre y representación realicen cualquier tipo de acto especial o general, tal como representarlo en juicio, para administrar sus bienes, para hacer movimientos financieros, para vender o comprar bienes, etc.
Estos Poderes también podrán revocarse en cualquier momento que el poderdante desee, mediante el mismo tipo de instrumento en que fueron otorgados.
Requisitos:
- Acta constitutiva de la Sociedad Mercantil, Civil o Asociación
- Identificación Oficial del otorgante